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Modificación Electrónica – Movimientos Tributarios («Ley de entrega de comprobante»)

A partir del 1 de mayo de 2025, será obligatorio entregar siempre un comprobante al cliente al realizar una compra o cualquier otra operación que genere un documento tributario. La representación impresa o virtual de las boletas electrónicas y comprobantes de pago deberá ser entregada sin excepción, aplicando sanciones claras para quienes no cumplan con esta normativa.

📌 ¿En qué consiste?

  • Obligación de entrega de comprobantes en todas las transacciones comerciales, ya sea en formato impreso o digital.
  • Todas las modificaciones tributarias deberán realizarse electrónicamente a través del SII, eliminando la posibilidad de correcciones manuales o en papel.
  • La digitalización y automatización buscan mejorar el cumplimiento y reducir los errores en las declaraciones fiscales.

🏪 ¿A quién afecta?

  • A todos los contribuyentes que emitan boletas electrónicas o realicen operaciones comerciales.
  • A empresas y comercios de cualquier tamaño, quienes deberán asegurar la entrega del comprobante al cliente.
  • A contadores y administradores que gestionen las modificaciones tributarias.

⚠️ Sanciones por incumplimiento

El no cumplimiento de la entrega del comprobante puede derivar en multas y sanciones, reforzando la fiscalización a partir de la fecha de vigencia.

📅 Fecha de vigencia

Esta normativa comenzará a aplicarse el 1 de mayo de 2025.

🔗 Más información y documento oficial:
PDF – Modificación Electrónica – Movimientos Tributarios

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