Información sobre Abonos o Transferencias («Ley 50 transferencias»)

El SII ha implementado la normativa que obliga a declarar y reportar ciertos abonos o transferencias recibidas a partir de una serie de condiciones establecidas por la ley, buscando mayor transparencia en los movimientos financieros. A partir del 1 de mayo de 2025, las personas y empresas deberán cumplir con la ley de las 50 transferencias.

📌 ¿En qué consiste la ley de las 50 transferencias?

  • Se establece que 50 transferencias realizadas a través de instituciones financieras deberán ser informadas al SII, tanto si las transferencias son de una cuenta personal como de una cuenta comercial.
  • Objetivo: Detectar ingresos no declarados, evitando la evasión fiscal.
  • Aplicación: Si una persona o empresa recibe más de 50 transferencias al año o un monto superior a un umbral definido por el SII, estará obligada a declarar estos movimientos bancarios.

¿Quiénes no aplican esta ley?

  • Personas naturales sin actividad económica formalizada.
  • Aquellos cuyos ingresos y transferencias no superen los límites establecidos por el SII.

🏢 ¿Ya formalizaste tu actividad?

Si ya estás registrado y tu actividad es tributaria, esta ley te afecta. Debes asegurarte de declarar correctamente los abonos que recibas, a fin de evitar sanciones.

¿No has formalizado tu actividad?

Si realizas ventas o actividades económicas sin estar formalizado en el SII, puedes ser fiscalizado a través de estas transferencias, las cuales pueden ser utilizadas para identificarte y regularizar tu situación tributaria.

📅 Fecha de vigencia

A partir del 1 de mayo de 2025, el SII comenzará a fiscalizar el cumplimiento de esta normativa.

🔗 Más información y documento oficial:
Ver Resolución en el sitio del SII

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